PREGUNTAN: ¿EN DÓNDE DICE QUE LA EDUCACIÓN SUPERIOR
ES OBLIGATORIA?
José
Cardoza *
La
absoluta mayoría de los docentes piensan que sólo la educación básica (prescolar,
primaria y secundaria) y hoy con la dReforma educativa, la educación media
superior son las únicas obligatorias. Esta creencia errónea se debe a la falta
de conocimiento jurídico de los trabajadores, que permite a los burócratas de
la SEP y charros del SNTE manipularlos y negar sus derechos, imponiendo
obligaciones que no son apoyadas en la normatividad. Una de sus últimas
jugarretas es la reciente afirmación de que julio y agosto NO son vacaciones, y
por ello, debemos presentarnos a trabajar cuando ellos nos ordenen. Situación
que en la ENSM les hemos demostrado por escrito que no pueden obligarnos a
trabajar, y para los homologados es claro que SI son vacaciones. Ni con el
apoyo del jurídico central de la SEP pudieron desvanecer nuestros argumentos basados
en la normatividad y nos tuvieron que dejar ir de vacaciones.
Regresando
a la educación obligatoria, trataré de ser concreto:
1) Inicio dando
textualmente la normatividad Constitucional vigente, remarcando con mayúsculas
las partes centrales de la respuesta:
El primer párrafo del
artículo 3° señala textualmente:
“Artículo 3°. TODA PERSONA tiene derecho a recibir
educación. EL ESTADo -Federación, Estados, Ciudad de México y Municipios-, IMPARTIRÁ
EDUCACIÓN PREESCOLAR, PRIMARIA, SECUNDARIA Y MEDIA SUPERIOR. LA EDUCACIÓN
PREESCOLAR, PRIMARIA Y SECUNDARIA conforman la educación básica; ésta y la
media superior serán OBLIGATORIAS.”
A este párrafo
debemos unir la fracción V del mismo artículo:
“V. ADEMÁS DE IMPARTIR LA EDUCACIÓN
PREESCOLAR, PRIMARIA, SECUNDARIA Y MEDIA SUPERIOR, señaladas en el primer
párrafo, EL ESTADO PROMOVERÁ Y ATENDERÁ TODOS LOS TIPOS Y MODALIDADES
EDUCATIVOS –INCLUYENDO LA EDUCACIÓN INICIAL Y A LA EDUCACIÓN SUPERIOR–
necesarios para el desarrollo de la nación, apoyará la investigación científica
y tecnológica, y alentará el fortalecimiento y difusión de nuestra cultura;”
Complementa
lo anterior el artículo 31 al siguiente tenor:
“Artículo 31. SON
OBLIGACIONES DE LOS MEXICANOS:
I. HACER QUE SUS HIJOS O PUPILOS
CONCURRAN A LAS ESCUELAS públicas o privadas, para obtener la educación
preescolar, primaria, secundaria, media superior y reciban la militar, en los
términos que establezca la ley.”
2) Paso a explicar con hermenéutica jurídica (técnica
de interpretación de textos jurídicos) el caso.
La norma jurídica no da derechos, da también
obligaciones, de ese modo se habla de sujetos con derecho, y sujetos con
obligaciones. Por ello si ubicamos los sujetos con derecho y los obligados
encontramos:
En el párrafo primero del 3° se indica que “TODA
PERSONA tiene derecho a recibir educación” (este es el sujeto de derecho), y continúa
el mismo artículo “El Estado… IMPARTIRÁ EDUCACIÓN, (Estado es el primero de
tres sujetos obligados).
Continúa este artículo: “LA EDUCACIÓN
PREESCOLAR, PRIMARIA Y SECUNDARIA CONFORMAN LA EDUCACIÓN BÁSICA; ÉSTA Y LA
MEDIA SUPERIOR SERÁN OBLIGATORIAS”. Aquí encontramos al segundo sujeto obligado,
los menores de 18 años obligados por ley a cursar la educación básica y media
superior.
El tercer sujeto obligado es el padre o tutor
como lo expresa el artículo 31: “SON OBLIGACIONES
DE LOS MEXICANOS: I. HACER
QUE SUS HIJOS O PUPILOS CONCURRAN A LAS ESCUELAS.
Con esto demostramos que existe un
sujeto de derecho (TODA
PERSONA) y tres sujetos obligados (ESTADO, MENOR DE
18 AÑOS y PADRE/TUTOR).
Se denomina educación obligatoria porque en encontramos
a tres sujetos obligados y es obligatoria, es por ley, a fuerza, que el menor
la curse, no es voluntaria, es a la fuerza.
3) Complementa lo anterior la fracción V del
mismo artículo 3° que dice:
V. ADEMÁS DE impartir LA EDUCACIÓN PREESCOLAR, PRIMARIA, SECUNDARIA
Y MEDIA SUPERIOR, señaladas en el primer párrafo, EL ESTADO PROMOVERÁ Y
ATENDERÁ TODOS LOS TIPOS Y MODALIDADES EDUCATIVOS –incluyendo la EDUCACIÓN
INICIAL Y A LA EDUCACIÓN SUPERIOR.
Aquí el sujeto obligado es el Estado (ADEMÁS
DE…) y el sujeto de derecho es TODA PERSONA.
La diferencia entre la básica y media
superior con la superior es que AMBAS SON OBLIGATORIAS, y el ESTADO ESTA
OBLIGADO A OTORGARLAS, pero en la EDUCACIÓN INICIAL (previa a la preescolar) y LA
SUPERIOR no encontramos al alumno como obligado. Es ahí donde muchos se
confunden, en la OBLIGATORIEDAD para el ESTADO, en la OBLIGATORIDAD para el PADRE/TUTOR
y en la OBLIGATORIDAD PARA EL ALUMNO (TODA PERSONA).
Si preguntan ¿la educación superior es
obligatoria para el menor de 18 años? la respuesta es NO. Si preguntan, ¿es la educación
superior obligatoria para el padre/tutor? la respuesta es NO. Pero si preguntan
¿la educación superior es obligatoria para el Estado? Y la Constitución dice
que el Estado PROMOVERÁ Y ATENDERÁ la EDUCACIÓN
INICIAL Y A LA EDUCACIÓN SUPERIOR. La respuesta es, SI. El Estado si está
obligado.
* José Cardoza docente de la Escuela Normal Superior de México