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lunes, 13 de octubre de 2025
martes, 2 de septiembre de 2025
LA NUEVA SUPREMA CORTE
Y EL SISTEMA JURÍDICO MEXICANO
LOS TRES PODERES DE LA UNIÓN
HAN CONVERTIDO CASI EN UN SECRETO LAS LEYES Y TRATADOS QUE ESTAN VIGENTES EN
MÉXICO
Monreal de la cámara de diputados controla la publicidad (hacer publico) las leyes vigentes, lo hace con mucha basura e imprecisiones… la cámara de senadores, la suprema corte, las secretarías de relaciones exteriores y gobernación son cómplices en ese OCULTAR las leyes y tratados internacionales vigentes.
Con todo y estas maniobras, hoy podemos decir que al menos HEMOS ENCONTRADO:
313 LEYES FEDERALES VIGENTES
262 TRATADOS INTERNACIONALES
Les recomendamos
consultarlos en facebook “ABOGADO DE
TRABAJADORES“
CUADRO DE
LEYES
CUADRO DE
TRATADOS
jueves, 28 de marzo de 2024
PONENCIA “FOROSANAD 2024”
CONSTITUCIÓN, DERECHO DE LOS TRABAJADORES
JOSÉ T. CARDOZA OLIVAS
forosanad2024@gmail.com ……….. jose.ensm@gmail.com
Dedico este trabajo a los compañeros de la ANAD,
Lamberto González Ruiz y Leticia Ánimas.
* PLANTEAMIENTO DEL
PROBLEMA…
Con una redacción filática (usar palabras rebuscadas y raras
para exhibir erudición y confundir) los abogados neoliberales pretenden unificar
(homologar) el derecho imponiendo los criterios capitalistas. El que más
resultados les ha dado, es cambiar garantías individuales por los “derechos humanos”,
que hoy dan “derechos” no al ciudadano, no a quien habita el territorio
nacional, sino en igualdad de condiciones a empresas trasnacionales… convirtiendo
la original Constitución Política de 1917, de un texto de 21093 palabras, en un laaaaaaargo, farragoso y confuso (filático) texto que en 2024 tiene
70715 palabras… de 1917 a 2024 le han agregado 49622 nuevas palabras, casi el
triple… Texto Constitucional de 2024 que además, tiene múltiples errores
ortográficos, de enumeración, además de errores de técnica jurídica… Es decir,
los diputados, senadores y sus asesores de sueldos millonarios; además de la
presidencia, su gabinete, y la corte están reprobados en español, matemáticas y
civismo… Constitucionalmente hablando… Si se va a reformar la Constitución,
debemos reparar y evitar caer en los errores antes mencionados… Va mi aporte:
Desde siempre, como estudiante
de la UNAM, trabajador de la educación y abogado, miembro fundador de la ANAD.
Como militante fundador desde 1989 de la CNTE en Tuxtla Gutiérrez y como
ciudadano, he participado en diversas luchas de mis hermanos de clase. Muchas
de estas luchas, coincidiendo con la brega histórica de Andrés Manuel López
Obrador y habiendo colaborado en su gobierno en el D.F., hoy jubilado con 46
años, 27 días acreditados en el ISSSTE, me permito exponer:
1.-
UN TEXTO LARGO Y CONFUSO… Revisando las Constituciones que han
estado vigentes, la de 1824 tenía 9,811 palabras, la de 1857, 7,431 palabras;
la original de 1917, 21,093 palabras y desgraciadamente la de 2024, 70,715
palabras… la han hecho larga y casi imposible de entender para un ciudadano, le
han agregado 49,622: Ni los abogados la entienden. Además de imponer palabras
confusas, un texto filático… con palabras rebuscadas, raras para exhibir
erudición y confundir al pueblo trabajador.
Contrario
a esta estupidez jurídica, las Constituciones de las dos grandes potencias
mundiales son breves y fácilmente comprensibles para el ciudadano de estas
potencias… La Constitución de Estados Unidos tiene 7,813 palabras (https://www.archives.gov/espanol/constitucion); la
de la República Popular China, 10,902 palabras
(https://www.bcn.cl/procesoconstituyente/comparadordeconstituciones/constitucion/chn). Repito,
la de México 70,715 palabras, 10 veces más… No veo que la reforma propuesta empiece
o plantee resolver este problema. Cuando el gobierno de Obrador en 2019,
desde la CNTE, tumbamos parte de la propuesta de los abogados… tumbamos varias joyas
jurídicas, solo les recordare una, que omitían la fracción VII del artículo 3°
referente a la educación superior y a la autonomía universitaria… ¿o ya lo
olvidaron…?
2.- ERRORES DE ORTOGRAFÍA Y ENUMERACIÓN… La
Constitución de 1917 NO tenía ningún error ortográfico, la de 2024 tiene
múltiples horrores… La de 2024 ha sido redactada por licenciados, maestros,
doctores y posdoctores de universidades privadas, públicas y extranjeras, y son
ellos los de los errores, Sin errores la de 1917 redactada en su mayoría por
revolucionarios recién bajados del caballo… Sin pretender ser un experto en el idioma, solo cultura general; me
permito señalar que, en la Constitución Política de nuestro país, encontramos
errores ortográficos de cuatro tipos: Van algunos errores:
Los errores/horrores
ortográficos en la Constitución política son de cuatro tipos:
A) Errores ortográficos al utilizar palabras que no existen en el diccionario de la Real Academia Española, y por no ser utilizadas
estas palabras en ningún otro medio.
* Dos ejemplos: En el artículo 119 Constitucional,
se utiliza la palabra transtorno. Esta palabra no existe en el diccionario aludido, ni es utilizada en
trámites legales, siendo la palabra correcta: trastorno… Otro ejemplo la palabra concesionamiento del artículo
28, párrafo 16.
Como anécdota y colofón, que agrava este error
ortográfico de los neoliberales con licenciatura, maestría, doctorado y
postdoctorado, egresados de “prestigiadas/publicitadas universidades privadas y
extranjeras. En 1917, nuestros diputados Constituyentes, en el artículo 136
Constitucional, usaron la misma palabra, trastorno sin “n”.
Y afortunadamente, este artículo 136, es uno de los pocos que NO ha sido
modificados, permaneciendo la redacción original. Y reitero, afortunadamente NO
ha sido modificado, porque triste sería su destino si los neoliberales le
hubieren metido mano. Los invito a leerlo.
B) Errores ortográficos con
validez jurídica real. Son palabras que NO existen en el diccionario de la Real Academia
Española, pero, son utilizadas por juristas y la Suprema Corte de Justicia de
la Nación en sus jurisprudencias, adquiriendo por ello, significado concreto y
valor legal pleno. Un ejemplo, es la palabra definitividad (artículo 41, fracción VI) que no existe en el diccionario de la
Real Academia Española, pero si existe en el lenguaje jurídico usual y en las
jurisprudencias de la Suprema Corte. Por lo que definitividad, si bien, puede
ser un "error" ortográfico, tiene pleno valor jurídico.
C) Errores ortográficos aparentes, con palabras que se escriben de manera diferente. El error típico son las palabras concejo y consejo. Ambas palabras las encontramos en el diccionario de la Real Academia Española. La palabra concejo con dos letras c, la ubicamos en el artículo 115, fracción I, párrafo 5 que dice: “En caso de declararse desaparecido un Ayuntamiento o por renuncia o falta absoluta de la mayoría de sus miembros, si conforme a la ley no procede que entren en funciones los suplentes ni que se celebren nuevas elecciones, las legislaturas de los Estados designarán de entre los vecinos a los Concejos Municipales que concluirán los períodos respectivos; estos Concejos estarán integrados por el número de miembros que determine la ley, quienes deberán cumplir los requisitos de elegibilidad establecidos para los regidores.” La palabra consejo, con s, está entre otros, en el artículo 3°, fracción VIII), inciso g), párrafo tercero.
Este “error” tiene un antecedente histórico. El primer ayuntamiento español que existió en México, fundado por Hernán
Cortes el 22 de abril de 1519, nombrado Villa Rica de la Vera Cruz (Veracruz),
conforme al derecho español vigente en esa época; y que el actual y vigente artículo
115 Constitucional, fracción I, párrafo 5, rescata de la tradición jurídica
española, regulando la integración y funcionamiento del municipio y su órgano
de gobierno denominado ayuntamiento; señalando el diccionario antes mencionado,
que la palabra concejo, significa: 2. m. ayuntamiento (‖ corporación municipal).
3. m. municipio. Concluyo que está bien utilizada la palabra concejo y no
consejo que se refiere a cosa u órgano diferente. Recuerdo que en clases en la
Escuela Normal Superior de México utilizaba con mis alumnos como ejemplo de
cómo NO SE DEBE REDACTAR, la Ley General de Educación hoy
abrogada, una joya de cómo no redactar.
D) Un cuarto
tipo de error, son los
aparentes errores de tecla, cuyo ejemplo lo encontramos en el Artículo 20,
Fracción V. párrafo 2. que dice: “El Ministerio Público deberá
garantizar la protección de víctimas, ofendidos, testigos y en general todas
los sujetos que intervengan en el proceso. Los jueces deberán
vigilar el buen cumplimiento de esta obligación. Error que nos regresa al contexto del abuso real y
la queja de las reformas legales que discriminan al hombre, otorgando más
derechos a las mujeres que a los varones y/o anulando derechos laborales. El aparente
“teclazo” del TODAS los sujetos, es difícil de creer; ya que, en el teclado normal,
las letras a y la o están a bastante distancia una de otra, por
lo que es más que un error de tecla.
El artículo 28 Constitucional inicia con la fracción
I, y de manera consecutiva llega a la fracción XII, como debe ser normal… Pero
sin que exista ningún aviso, Capítulo, Apartado, ni nada; nuestros ilustres
licenciados-maestros-doctores-posdoctores legisladores y ministros de la corte,
repiten, si repiten ignorando que por enumeración continuaría la fracción XIII.
Pero ellos, repiten las fracciones I hasta la VIII… En una demostración de ignorancia
o estupidez; y que sus estudios de posgrado son papelitos al “aigre”, dirían en
mi pueblo… Reprobados en español, hoy se reprueban en matemáticas… Urge se
corrija ya que uno de los actos de cultura jurídica de un ABOGADO, es señalar
con precisión, el texto jurídico en cita Y si citamos el artículo 28, hay dos
textos diferentes, hay dos fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII… por el
“error” de nuestros abogados.
Hoy la suprema corte y los
jurídicos del gobierno, en especial de la SEP y el ISSSTE, enemigos declarados
de los trabajadores de base, no aplican como es su obligación estas jurisprudencias.
Y violentan el artículo 123 Constitucional.
“123, segundo párrafo. - El Congreso
de
Repito, el texto señala que
el Congreso debe expedir leyes sobre el trabajo conforme lo señalado en los
apartados A y B del 123. Y nunca autoriza utilizar o expedir leyes con base en ningún
otro artículo Constitucional. Pero violentando esta autolimitación del
Congreso, existen diversos artículos que regulan el “Trabajo y la Previsión
Social”.
Revisando la Constitución Política,
encontramos además del artículo 123
y sus dos apartados A y B , los artículos 116, fracción VI (trabajadores de los Estados), el 115, fracción VIII, segundo
párrafo (trabajadores
municipales), el 122,
Apartado A, fracción XI (trabajadores del gobierno de la Ciudad de México), el 99, fracciones VI y
VII, de
los trabajadores del Tribunal Electoral y del Instituto Nacional Electoral,
además del XXXXX todos estos artículos y sus leyes reglamentarias, rebasando y
violentando la autolimitación del Congreso de la Unión de legislar con
base en los apartados A y B del 123 Constitucional y no en ningún otra
disposición legal.
Una
de las crueles y anticonstitucionales redacciones NO laboral, pero que
la suprema corte permite su aplicación, violando la autolimitación del Congreso
de la Unión, es el artículo 26, Apartado B, párrafo 6 Constitucional,
referente a la Unidad de Medida y Actualización, la
mal llamada UMA, que perjudica a
todos los trabajadores asalariados jubilados.
Esta violación ha permitido
que se trate de imponer por los jurídicos del ISSSTE y de la SEP, en
complicidad con la SCJN, que las jubilaciones se paguen en UMAS y no en
salarios mínimos, cuando la UMA es parte de una legislación
fiscal/administrativa y no laboral.
Pero con la omisión de las
autoridades laborales, se permite que el Comité Ejecutivo Nacional del SNTE,
este en posibilidad de cobrar los más de 5 mil millones de pesos de cuotas
sindicales (el 1% del salario) de los Trabajadores de la Educación, siendo que
la toma de nota del CEN del SNTE venció el 11 de febrero de 2024, y no hay
convocatoria alguna para elegir nuevo Comité, según consta en el Tribunal
Federal de Conciliación y Arbitraje (http://www.tfca.gob.mx/es/TFCA/Registros_Sindicales) ante el mutismo cómplice de
las responsables.
******* GARANTÍAS INDIVIDUALES
VS. DERECHOS “HUMANOS”. Con el gobierno de Fox, los dueños del poder y del dinero internacional,
se dieron cuenta de la incapacidad manifiesta del Fox y del PAN de administrar
bien el capitalismo, e impusieron junto como virrey en funciones de México, a
Agustín Cartens (FMI), promoviendo los llamados Órganos Autónomos
Constitucionales, integrados fundamentalmente por gerentes, empresarios y
supuestos intelectuales, para supervisar el “buen gobierno” favorable a
sus intereses. Emulando el Supremo Poder de Antonio López de Santana, estos
órganos autónomos, además de dar empleo excelentemente remunerados a los
egresados del ITAM, Ibero, Tec de Monterrey, Panamericana, Libre de Derecho,
etc. eran nombrados directamente por los capitalistas, y no electos por el
pueblo. Hoy Obrador y los trabajadores resentimos la verdadera naturaleza de
estos órganos “autónomos.
Desde el artículo 1°
Constitucional se dice: “todas las personas gozarán de los derechos
humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales.
Sustituyendo al individuo por las personas.
Esto significa, otorgar derechos a empresas extranjeras en igualdad de circunstancias a los individuos
o seres humanos habitantes del territorio nacional.
Un
abogado sabe la diferencia entre individuo o ser
humano, con la llamada persona,
El individuo es único, es un ser humano,
la persona puede ser física o moral, nacional o
extranjera, pública o privada… En términos prácticos, diferente es
Pedro Pérez habitante del territorio nacional a la Coca
Cola Company, Pero en el discurso suena mejor derecho humano, engaña más un derecho “humano”, aunque estos son concedidos
a las empresas tipo Ford Motor Company,
dando seguridad al capitalismo transnacional. Así la Constitución de 1917
reconoció derechos a los trabajadores (artículos 123) campesinos y pueblos
originarios (artículo 27) y al pueblo trabajador (artículo 3°), a la par que
anulaba prácticamente los artículos 3°, 27 y 123, la Constitución neoliberal
reconoció derechos “humanos” a
extranjeros y empresas extranjeras, un giro espectacular.
PROPUESTA:
Iniciar la transformación del texto farragoso,
filático actual, en un texto breve, comprensible al ciudadano común, breve como
el de las potencias mundiales, Estados Unidos y China. Un texto que sea orgullo
de redacción y buen manejo del idioma. Un texto que recupere en un solo
artículo Constitucional lo mejor de los apartados A y B del artículo 123
constitucional. Que impulse la organización cooperativista, ejidal y de las
comunidades originarias, y empresas, reconociendo los derechos de las minorías,
de los hombres y mujeres, un texto en donde se refleje que el pueblo es el
soberano, sin poderes legislativo, judicial y ejecutivo prepotentes y ajenos al
pueblo. Se debe avanzar en el rescate del espíritu, en los principios
revolucionarios favorables al pueblo trabajador como en 1917, actualizándolos y
preparar un futuro Congreso
Constituyente.
José Cardoza
5514869598
viernes, 15 de diciembre de 2023
viernes, 2 de junio de 2023
¿CÓMO NOS ROBAN LOS
PATRONES?
Este folleto tuvo gran impacto antes de la primera guerra mundial. "Antes y durante la primera guerra mundial, se publicó y repartió por decenas de miles entre los obreros y soldados en toda Europa. Su análisis de clase sigue siendo válido hoy para los trabajadores. En el México actual, la explotación irracional de la tierra, acompañada de múltiples despojos, engaños y corrupción por las empresas mineras es brutal y a los mineros se les sigue robando igual hoy en día."
"¿Quién
produce la riqueza? ¿Quién gana más en el proceso de producción?
El autor, John Wheatley, adoptó un método para explicar lo que es la explotación del hombre por el
hombre. Por ello escribió este texto sobre un supuesto juicio.
Los acusados son un
patrón minero y un latifundista.
Se les acusa de
haber conspirado para robar al viejo minero Dick Mc Gonnagle
INTERROGATORIO AL PATRÓN DE LOS MINEROS
JUEZ:- (J)
ACUSADO:
(A) EL PATRON DE LOS MINEROS
J.- ¿Cómo se llama usted?
A.- Frederich Michel Thomas Andrew
Sacher, señor
J.- Tiene muchos nombres.
A.- Protesto, señor.
J.- No le he preguntado su oficio.
Quiero saber cómo se hizo de tantos nombres.
A.- No puedo contestarle, señor.
J.- ¡Ah! Me parece sospechoso. ¿Nos
podrá contar que riqueza posee?
A.- (Orgulloso). Un millón de dólares,
señor.
J.- Debe ser un hombre muy capacitado.
¿Cómo llegó a tener ese millón de dólares?
A.- Lo hice señor.
J.- ¿Así que reconoce que es culpable
de fabricar monedas?
A.- (Indignado). ¡No señor!
J.- Pues entonces díganos, ¿qué quiso
decir al decir que “lo hizo”?
A.- Lo gané en negocios.
J.- ¿Cuánto tiempo lleva en negocios?
A.- Veinte años, señor.
J.- Debe ser un trabajador muy capaz
para haber ganado tanto dinero en tan poco tiempo.
A.- (Indignado). Yo no trabajo, señor.
J.- ¡Ah! Muy interesante. No trabaja
usted... y sin embargo nos ha dicho que en veinte años ha ganado un millón de
dólares.
A.- Es que soy propietario de una mina.
J.- ¿Y qué es una mina?
A.- Un pozo a unos 200 metros bajo
tierra. También tengo varios edificios y maquinaria para producir carbón.
J.- ¿Usted excavo el pozo?
A.- No señor. No soy trabajador. Yo lo
que hice fue procurar que otros hicieran el trabajo.
J.- Es un caso extraordinario. Dice que
otros hombres construyeron los edificios, fabricaron la maquinaria y excavaron
el pozo, mientras usted es el verdadero dueño. ¿Los obreros no tienen ninguna
participación?
A.- No señor, soy el único propietario.
J.- Tengo que reconocer que no lo
comprendo. ¿Quiere decir que aquellos hombres pusieron una mina a pleno
funcionamiento y luego se la entregaron a usted y ni siquiera retuvieron una
participación para ellos mismos?
A.- Así es, señor.
J.- Debían ser o muy ricos y generosos
o muy tontos. ¿Eran ricos?
A.- No señor.
J.- ¿Tenían ellos muchas minas?
A.- Ninguna, señor. Eran simples
obreros.
J.- ¿Qué quiere decir con “simples
obreros”?
A.- Pues, simplemente, gente que
trabaja para los demás.
J.- Seguramente será gente muy
generosa. ¿Ellos no necesitan minas?
A.- No señor. Pero yo les permito
trabajar en la mía.
J.- Muy amable por su parte. Sin
embargo, no lo es tanto como ellos, que le dieron la mina entera. ¿Usted cómo
no la necesita toda puede permitir a los demás usarla?
A.- No comprende, señor. Yo no trabajo
en mi mina. Yo permito a los obreros que lo hagan ellos.
J.- Ya veo. Después de que le
entregaran la mina, usted se da cuenta de que no la necesita y se la devolvió
para ahorrarle el trabajo de construir otra. ¿Es así?
A.- No señor. La mina es mía, aunque
ellos trabajen allí.
J.- La situación es verdaderamente
confusa. Posee una mina que no excavó usted. Posee maquinaria que ni fabricó ni
la hace funcionar. Usted no trabaja en esa mina, porque no quiere trabajar. Los
que quieren trabajar no poseen ninguna mina; sin embargo, le dan a usted una.
¿Es que usted les suplicó que trabajasen en su mina, ya que no la usaba?
A.- De ninguna manera, señor. Ellos me
suplicaron a mí para que les permitiera trabajar.
J.- Pero, ¿por qué tenían que pedir
permiso para usar su mina? ¿Por qué no se hicieron una ellos mismos, igual que
la construyeron para usted?... ¿Acaso les paga para trabajares su mina y
mantenerla en condiciones?
A.- Sí señor. Yo les pago según la
cantidad de carbón que producen.
J.- Bien. Me parece justo. Imagino que
esos hombres se harán pronto ricos. Tendrán el carbón que producen más lo que
les da usted para mantener su mina en condiciones, ¿no es así?
A.- No señor, El carbón que producen es
mío.
J.- Es usted muy gracioso, mi querido
señor. Aquellos hombres excavaron el pozo, lo pusieron en condiciones para
funcionar y extrajeron el carbón, ¿cómo puede reclamar usted?
A.- Porque les di permiso para hacerlo.
J.- Les permitió excavar y luego usted
cogió el pozo. Les permitió construir la fábrica y luego se la quedó. Les
permitió sacar el carbón y luego se lo apropió.
A.- Si señor. Pero yo les pagué para
hacerlo.
J.- ¿Y de dónde sacó usted el dinero?
ya que no trabaja.
A.- Heredé de mi padre 10,000 dólares y
parte las invertí, hasta que los obreros sacaron el carbón.
J.- Y su padre, ¿cómo ganó ese dinero?
A.- De la misma forma que yo he
convertido esos 10,000 dólares en un millón.
J.- ¿Y cómo lo ha hecho?
A.- Vendiendo el carbón.
J.- ¿Le emplearon los obreros para
venderlo?
A.- No señor. El carbón es mío.
J.- ¿De verdad? La pretensión de que el
carbón es suyo me pareció tan impertinente que no lo había tomado en serio. En
vez de pagar a los mineros el valor de carbón, retuvo su salario, ¿no es así?
A.- No. Les pagué el mínimo para
conseguir que vinieran a trabajar.
J.- ¡Qué raro! ¿Y por qué esos hombres
tienen que trabajar para usted?
A.- Porque no pueden trabajar sin
maquinaria, señor. Y la maquinaria cuesta dinero. Nosotros los ricos, tenemos
el dinero y por lo tanto la maquinaria y como a esos hombros no les queda más
alternativa que morir de hambre o trabajar, tienen que aceptar nuestras
condiciones.
J.- El Estado podría proveer el dinero
necesario por abrir las minas, entonces, ¿por qué está la gente obligada a
aceptar sus condiciones?
A.- Muy sencillo. El Estado está
dirigido por el Parlamento que lo componen hombres como yo. No son tan tontos
como para perjudicarse ellos mismos.
J.- No se me había ocurrido que en el
mundo hubiera gente tan estúpida como parecen ser estos obreros... según lo que
usted me ha dicho, porque ¿cuánto carbón produce un minero en una jornada de
trabajo?
A.- Aproximadamente tres toneladas,
señor.
J.- ¿Y a qué precio vende usted este
carbón?
A.- A 10 centavos la tonelada, señor.
J.- Pues bien. Sea tan amable de
decirnos cuánto recibe el minero por la jornada en la que produce 3 toneladas,
las cuales vende usted en 30 centavos.
A.- El minero recibe, aproximadamente 5
centavos.
J.- ¿Habla usted en serio?
A.- Sí señor.
J.- ¿Y qué ocurre con el resto del
dinero?
A.- Una parte es para los que trabajan
en la superficie y para la amortización anual de la maquinaria. El duque recibe
una buena proporción en concepto de renta y derechos. Lo que queda es mi
beneficio.
J.- ¿Qué es la renta y los derechos?
A.- La cantidad que cobra el duque por
dejarnos utilizar la tierra
J.- ¿Qué? Bueno no importa. Ya le
interrogaré.
J.- Así que como usted ha llegado a
poseer un millón de dólares y este viejo minero vive en la miseria. Usted vende
su carbón, al tiempo que retiene la mayor parte de su dinero.
Su padre robó de la misma forma al
padre del minero, hasta dejarle sin un penique y así usted ha podido robar a
este hombre también. Si permitiéramos que esto sigue así, su hijo sería más
rico que usted y el hijo del minero sería aún más pobre. En consecuencia, el
poder de su familia para esclavizar a la familia minera aumentaría con cada
generación. Afortunadamente, este juicio puede cortar su escandalosa
conspiración.
J.- Siéntese hasta que
interroguemos a los demás.
INTERROGATORIO AL DUQUE
DE HAMILTON:
JUEZ:
(J)
ACUSADO:
(A) EL DUQUE DE HAMILTON
Hombre de mediana
edad, regordete con aspecto de estar bien cuidado y alimentado.
J- ¿Cómo se llama?
A.- Soy el Duque de Hamilton
J- Oiga, no le pregunte su ocupación,
sino su nombre.
A.- Es mi título, señor
J.- Tal vez el título se quede en un
número al acabar este juicio, así que no abuse del Tribunal ¿Cómo se lama?
A.- No uso ningún nombre, señor juez
J.- ¿Trabaja, usted?
A.— No, señor.
J.- ¿Qué? ¿Otro vago?
A.- No señor, soy rico.
J.- Si la riqueza es producto del
trabajo y usted no trabaja, ¿Cómo es que usted es rico?
A.- Heredé mi riqueza, señor.
J.. ¿Fue su padre quién la ganó con su
trabajo?
A.- No señor, él también era rico.
J.- Entonces su abuelo o bisabuelo ¿ha
trabajado alguien en su familia alguna vez?
A.- No señor.
J.- ¿Y cómo se enriquecieron?
A.- Igual que yo, señor.
J.- ¿Cómo?
A.- Permitiendo que la gente utilizara
nuestras tierras.
J.- ¿Cómo se hizo usted de tierra?
¿Usted la creó?
A.- No señor la creó Dios.
J.- La creó para sus antepasados
A.- No se lo puedo decir, señor.
J.- Pero usted sabrá si Dios la creó
para sus antepasados o ya existía antes de que sus antepasados existieran.
A.- Existe desde siempre, señor. Mi
familia la consiguió en la época de Roberto Bruce.
J.- ¿Qué derecho tenían para apoderarse
de la tierra?
A.- Se la dio Roberto Bruce.
J.- Pero ni Bruce la creó, ni tenía
ningún derecho a regalarla; por lo tanto, usted no tiene ningún derecho ni moral,
ni legal. ¿Trabaja usted la tierra?
A.- No señor, no me hace falta. Hay
miles de personas para trabajarla.
J.- ¿Por qué no trabajan ellos en sus
propias tierras?
A.- Porque no tienen.
J.- ¿Qué? ¿Es que usted pretende ser el
dueño absoluto de las tierras de la zona?
A.- Si señor.
J.- O sea que esos hombres, ¿o bien
trabajan para usted, o se mueren de hambre?
A.- Eso es, señor
J.- Espero que no haga usted como el
propietario de la maquinaria, ¿o
también les da usted permiso de trabajar a condición que le den una parte de lo
que producen?
A.- Eso es, señor.
J.- (Hablando consigo mismo) Ahora veo la necesidad del
fuego eterno. ¿Qué parte del carbón que produce el minero le corresponde a usted?
A.- Normalmente, la cantidad que me dan
por concepto de derechos, es la mitad de lo que le dan al minero por su
trabajo.
J.- ¿Así que cuando el minero produce 3
toneladas, le entrega a usted una?
A.- Sí señor.
J.- Entonces si hay 20,000 mineros en
su tierra ¿todos le dan una tercera parte de lo que excavan?
A.- Sí señor.
Por lo tanto, de los 20,000 que
trabajan en su tierra, hacen falta 10,000 para ganar tanto como le entregan a
usted.
A.- Sí señor.
J.-Y esos l0,000 deben arriesgar su
vida en las minas, mientras usted se divierte como le da la gana.
A.- Sí señor.
J.- Qué clase de hombres son esos?
A.- Hombres inteligentes, realistas
señor.
J.- ¿Por qué no se hacen de la tierra
ellos mismos?, ¿por qué no la nacionalizan? Entonces usted no podría seguir robando
la tercera parte de su producción.
A.- Eso no puede ser señor, eso sería
el socialismo. Ellos prefieren seguir pagándome los derechos.
J.- Pero aprovecharse de su sencillez,
es un crimen horrendo. ¿No le da vergüenza hacerlo?
A.- De ninguna manera señor. Es legal.
J.- Quién hizo las leyes?
A.- La clase a la que pertenezco señor,
y no se equivocaron?
J.- No sé si se equivocaron, pero usted esta muy
equivocado si piensa que este Tribunal va a juzgar sus actos con las leyes que
ellos mismos hicieron.
Supera mi capacidad de
comprensión el entender que una comunidad se permita la infección de hombres
como usted.
J.- Por favor colóquese por allí
mientras escuchamos un testimonio en contra de usted.
EL TESTIMONIO DEL VIEJO MINERO
DICK MC GONNAGLE:
JUEZ-
(A)J
TESTIGO: (T) EL VIEJO MINERO DICK
J.- ¿Qué edad tiene usted?
T.- 52 años, señor Juez.
J.- ¡Cielos! Parece que tuviera usted
80 por lo menos.
T.- He tenido que trabajar mucho,
señor.
J.- ¿Cuánto tiempo ha trabajado en las
minas?
T.- 40 años, 5 días por semana, señor
Juez.
J.- ¿Cuánto carbón produce cada día?
T.- 3 toneladas.
J.- ¡Huy! Usted debe ser un hombre muy
rico. En40 años ha producido 30,000 toneladas.
T.- No manejo muy bien los números,
señor.
J.- Me han dicho que se vende el carbón
a 10 centavos la tonelada.
T.- No se señor.
J.- ¿Sabe usted que el valor en el
mercado del carbón que ha producido usted es de 15, 000 dólares?
T.- No lo sabía, señor.
J.- ¿Cuánto gana usted?
T.- 25 centavos semanales.
J.- ¡Cielos! A Usted le han robado
12,500 dólares ¿Adónde ha ido a parar esa cantidad? (El abogado del
minero explica que se demostraría que los reos, el Duque y el propietario, lo
habían dividido entre ellos e incluso, que después habían robado al viejo Dick
la proporción pequeña que él había recibido)
T.- Supongo que mi patrón se lo ha
quedado, señor.
J.- Sigue trabajando en las minas?
T.- Si, señor.
J.- ¿No encuentra difícil el camino
hasta el pozo?
T.- Si señor Ahora tengo que salir de
casa media hora más temprano que antes, ya que tengo que parar y respirar más
cada 100 metros.
J.- ¿Cómo llega al tajo cuando ha
bajado el pozo?
T.- Un joven me lleva en una
carretilla.
J.- Y le deja tirado allí para que
excave carbón?
T.- Si señor Juez.
J.- ¿Y cuándo lo tiene excavado, sus
patrones se lo llevan, se lo roban?
T.- Pues viéndolo así, si señor Juez,
así es.
J.- Sus compañeros le han robado alguna
vez?
T.- Una sola vez, señor Juez. Un hombre
me robo una carretilla, pero le echaron de la mina. Sin embargo, hay un hombre,
el Duque que me ha robado una de cada 3 carretillas que yo he excavado durante
los 40 años que tengo trabajando. Creo que es a el al que se le debería detener
y castigar.
JUEZ:
(J)
ORDENANZA
(secretario del juez)
Luego tras oír los argumentos de un socialista y un
clérigo, en contra y a favor, de los acusados, el Juez se levantó para emitir
su sentencia y dijo:
J.-
No tengo ninguna duda sobre la culpabilidad de los acusados, pues ellos mismos
han admitido sus faltas. Sin embargo, pienso que no hay ningún castigo al que
esta corte pudiera condenarles que sea suficiente para hacerles pagar los
terribles crímenes que han cometido, en el infierno sabrán que hacer con ellos.
Ordenanza. - ¿Y dónde queda ese lugar señor Juez?
J.-
Bueno, he olvidado el sitio exacto, pero no hay problema pregúntenle al cura




